INQUILINO QUE NO PAGA
- maria jesus maseda iglesias
- 21 feb 2023
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 27 sept 2023

Si su inquilino no paga las rentas o los suministros y quiere echarlo de casa porque no aguanta más esta situación lo que tiene que hacer es buscar un buen abogado para que interponga demanda de desahucio y reclamación de rentas y suministros impagados. Tiene que pedir ambas cosas, ya que de no ser así, sólo pedirá desahucio o reclamación de rentas. Y puede darse el caso de que con el desahucio logre echar de casa al inquilino pero no le pegue lo que le debe sencillamente porque no se lo ha reclamado, en cuyo caso tendrá que interponer otra demanda, en este caso de reclamación de cantidad, lo que hará que gaste el doble y tenga que esperar el doble de tiempo.
Esto que a simple vista parece tan sencillo se complica en la práctica. Y esto ocurre por varias causas. En primer lugar ,y resumiendo mucho, al inquilino le asiste (salvo que se le requiera previamente el pago por burofax) el derecho a enervar el desahucio. Esto es, una vez se presenta la demanda el inquilino puede pagar todo lo que debe y ya no se le puede echar de la casa. Tiene derecho a quedarse. Eso sí, deberá pagar las costas del procedimiento. Pero este derecho a enervar sólo puede ejercitarlo, en caso de ser así, una vez. Si vuelve a las andadas y vuelve a no pagar, ya no podrá enervar el desahucio una segunda vez.
En el caso de que no haya lugar al desahucio todavía no está todo ganado y es que en caso de vulnerabilidad del inquilino, desde el año 2022, se podrá suspender el desahucio. Es decir, al ser considerado vulnerable, el Juez puede entender que le asiste el derecho a permanecer en la casa cuya renta ni suministros paga. La suspensión por encontrarse en situación de vulnerabilidad social puede darse hasta el 30 de junio de 2023 (otra vez se ha ampliado el plazo...) Las situaciones de vulnerabilidad son las que se recogen en el art 5 del RD Ley 11/2020 de 31 de marzo. Y en este caso Ud tendrá que atender al pago de los suministros y ni se le ocurra dejar de hacerlo o cambiar la cerradura... porque en ese caso será Ud quien esté acosando al inquilino y él podrá presentar una querella por acoso. Y esto va por lo penal. Es decir, Ud mejor pague y deje a su inquilino vivir tranquilo en esa propiedad que tanto dinero y esfuerzo le ha costado... éste es el país en que vivimos y las leyes que nos merecemos porque los legisladores (los políticos) son elegidos por los ciudadanos...
Es decir, que si Ud ha tenido la mala suerte de que le tocara un inquilino moroso, vaya preparándose para un periplo judicial en toda regla, porque a lo anterior, por si fuera poco, hay que añadir la escasa dotación de la Administraciòn de Justicia y la lentitud de los procedimientos, haciéndose más cierta si cabe la expresión "una Justicia lenta no es Justicia".




Comentarios